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El segundo paso después de que la Petición Familiar es APROBADA es obtener estatus legal en los Estados Unidos a través del Ajuste de Estatus. El proceso es ligeramente diferente dependiendo de si usted está dentro o fuera de los EE.UU. Si usted es pariente inmediato de un ciudadano estadounidense, puede presentar el Ajuste de Estatus al mismo tiempo que su Petición Familiar. De lo contrario, habrá un período de espera indicado por el Boletín de Visas (Vea las Preguntas Frecuentes a continuación).
Para ser aprobado para el Ajuste de Estatus, deberá estar preparado para responder preguntas fundamentales sobre su elegibilidad que incluyen antecedentes penales, carácter moral, finanzas y estado de pago de impuestos. Deberá demostrar que usted o un familiar puede mantenerle financieramente.
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Preguntas Frecuentes
Obtenga respuestas a preguntas comunes sobre el proceso de Petición Familiar.
USCIS, en coordinación con el Departamento de Estado, determina la disponibilidad de visas para inmigrantes que ingresan a los EE.UU. legalmente. El número de visas de inmigrante disponibles depende de cada año en las categorías de preferencia familiar. Los Estados Unidos limitan el número de visas disponibles en ciertas categorías por país. A veces depende de la fecha en que se presentó la petición y del número de otros extranjeros esperando la misma categoría. La fecha en que se presentó la petición se llama "fecha de prioridad".
Los parientes inmediatos son no ciudadanos que están relacionados con el USC como: Cónyuge, hijo soltero menor de 21 años, o padre de un Ciudadano Estadounidense Peticionario. Un hijastro de un Peticionario USC puede calificar siempre que los padres se hayan casado antes de que el hijo cumpliera 18 años. Si el familiar no es un Pariente Inmediato de un USC, entonces deberá revisar el Boletín de Visas para determinar cuánto tiempo tendrá que esperar para solicitar el ajuste de estatus.
Si usted es un USC o un LPR y desea peticionar por su cónyuge, debe presentar evidencia adicional de que su matrimonio es de buena fe. En otras palabras, que no ingresó al matrimonio bajo falsos pretextos únicamente con fines migratorios y que ingresó al matrimonio de buena fe. También debe someterse a una entrevista de matrimonio de buena fe en las oficinas de USCIS donde le harán preguntas sobre su vida personal. Los oficiales de USCIS pueden incluso ir a su hogar para verificar que realmente son una pareja. Se recomienda tener un abogado que lo prepare y lo acompañe a esta entrevista, pero no es obligatorio.
A veces el matrimonio puede volverse abusivo una vez que el USC se da cuenta de que el inmigrante está en desventaja en la relación. Si la relación se vuelve verbal, física o psicológicamente abusiva, el inmigrante no está obligado a permanecer en el matrimonio. Existen otras opciones como la Ley de Violencia Contra la Mujer o VAWA, donde una persona puede auto-peticionar si puede demostrar que ha sido víctima de abuso por parte del USC. Consulte nuestra página de VAWA para más información.
El período de espera para poder obtener estatus legal a través de un familiar depende de su categoría en el Boletín de Visas. Después de que su período de espera a través del Boletín de Visas termine, el siguiente paso es el Procesamiento Consular. Si el familiar está fuera de los Estados Unidos, la entrevista de Ajuste de Estatus no se realizará en las oficinas de USCIS sino en el Consulado o Embajada de los EE.UU. en su país de origen. La entrevista será conducida por un oficial consular de los EE.UU. Una vez que USCIS aprueba la Petición Familiar, transfieren el caso al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado para pre-procesamiento. El caso del no ciudadano será creado en el sistema del Centro Nacional de Visas o NVC y se enviará una carta de bienvenida a la dirección del extranjero. El Proceso Consular toma entre 5 y 13 meses en promedio dependiendo del Consulado por el que esté aplicando, ya que ellos son los que programan su entrevista. Se requiere una entrevista seguida de un proceso de examen médico. Una vez que se aprueba la solicitud del Proceso Consular, el no ciudadano ingresa a los EE.UU. con documentos de inmigración aprobados en mano. Ingresará como Residente Permanente Legal.