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Auto-Petición VAWA

Lista de Evidencia para la Auto-Petición VAWA en el Formulario I-360

Una auto-petición VAWA en el Formulario I-360 requiere evidencia de cuatro elementos: una relación calificada con un abuser ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal, residencia conjunta con el abuser, abuso o crueldad extrema, y el buen carácter moral del peticionario. La declaración jurada detallada del peticionario sustenta cada pieza de evidencia de respaldo.

Diane Claxton
Diane Claxton, Abogada de Inmigración Actualizado el 15 de mayo de 2026 Revisado por abogada del Colegio de Florida

Si está en peligro en este momento

Si usted o alguien que conoce se encuentra en peligro inmediato, llame al 911. Para hablar confidencialmente con una persona capacitada, llame a la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica al 1-800-799-7233 o visite thehotline.org. La línea está disponible las 24 horas del día en más de 200 idiomas.

La Violence Against Women Act (VAWA) permite a ciertos sobrevivientes de abuso familiar peticionar su estatus migratorio en los Estados Unidos de forma independiente, sin la ayuda del abuser. La petición en sí es el Formulario I-360. Esta guía es el manual de evidencia: quién califica, los cuatro elementos que USCIS evalúa y una lista exhaustiva de documentos organizados por elemento. Es parte del pilar VAWA de Claxton Law.

¿Quién puede presentar una auto-petición VAWA?

Las auto-peticiones VAWA están abiertas a tres categorías de sobrevivientes que han sido “maltratados o sometidos a crueldad extrema” por un ciudadano de los EE. UU. (USC) o residente permanente legal (LPR):

  • Cónyuge abusado de un USC o LPR. También incluye a los hijos menores de 21 años del cónyuge abusado como beneficiarios derivados, y a los cónyuges no abusados cuyos hijos fueron abusados por el cónyuge USC/LPR.
  • Hijo abusado (soltero, menor de 21 años al momento de presentar) de un padre USC o LPR. Los hijos hasta los 25 años pueden presentar si pueden demostrar que el abuso fue al menos una razón central para el retraso en presentar.
  • Padre abusado de un hijo o hija USC que tenga al menos 21 años.

El “abuso” bajo VAWA se interpreta de manera amplia. Incluye violencia física, abuso sexual, amenazas de daño, aislamiento forzado, control financiero, manipulación, intimidación, acoso, trabajo forzado y cualquier patrón de conducta coercitiva que sea parte de un ciclo general de violencia. Un incidente único que involucre violencia o crueldad extrema puede calificar. El abuso emocional y psicológico, incluyendo el abuso verbal y la degradación, también cuenta cuando alcanza el nivel de crueldad extrema. El portal oficial del programa es uscis.gov/vawa.

Respuesta rápida - ¿Quién califica para una auto-petición VAWA? Una auto-petición VAWA está disponible para un cónyuge, hijo o padre abusado por un ciudadano de los EE. UU. o un residente permanente legal. El abuso puede ser físico, sexual, emocional, psicológico o financiero, y un solo incidente de crueldad extrema puede calificar. El peticionario debe demostrar una relación familiar calificada, residencia conjunta con el abuser en algún momento, el abuso y el propio buen carácter moral del peticionario. Las peticiones VAWA se presentan en el Formulario I-360 directamente ante el Vermont Service Center de USCIS y se adjudican bajo estrictas protecciones de confidencialidad que impiden que USCIS contacte o se apoye en el abuser.

Los 4 elementos requeridos de una petición VAWA

USCIS evalúa cada auto-petición VAWA frente a cuatro elementos básicos. Cada uno debe estar respaldado tanto por la declaración personal del peticionario como por evidencia corroborativa.

Elemento Lo que USCIS busca
1. Relación calificada Cónyuge, hijo o padre de un USC o LPR. Para cónyuges divorciados, la petición debe presentarse dentro de los dos años posteriores al divorcio, con el divorcio conectado al abuso.
2. Residencia conjunta con el abuser El peticionario vivió con el abuser en algún momento. La residencia no tiene que ser actual y no tiene que ser en los Estados Unidos.
3. Maltrato o crueldad extrema Actos de violencia física, abuso sexual, amenazas, coerción, intimidación, aislamiento, abuso financiero o cualquier patrón de conducta que alcance el nivel de crueldad extrema.
4. Buen carácter moral El peticionario tiene buen carácter moral al menos durante los tres años inmediatamente anteriores a la presentación. Ciertos actos delictivos pueden ser dispensados si están conectados al abuso.

Para los cónyuges, USCIS también analiza si el matrimonio se contrajo de buena fe. Esto es similar al análisis de matrimonio bona fide en las peticiones familiares I-130, pero aplicado con la sensibilidad específica de VAWA a los patrones de coerción y control.

Lista de evidencia (organizada por elemento requerido)

La lista a continuación es exhaustiva. No todos los peticionarios tendrán cada uno de los elementos; el objetivo es reunir tanta prueba corroborativa como sea posible sin poner en peligro a la sobreviviente. USCIS espera “cualquier evidencia creíble” bajo el estándar VAWA “any credible evidence”, codificado en 8 U.S.C. § 1154(a)(1)(J).

A. Evidencia de la relación

  • Certificado de matrimonio (para cónyuges peticionarios) o acta de nacimiento (para hijos o padres peticionarios).
  • Sentencia de divorcio, orden de anulación o certificado de defunción que termine cualquier matrimonio anterior de ambos cónyuges.
  • Evidencia de matrimonio de buena fe: fotografías juntos a lo largo del tiempo, álbum de bodas, registros de viajes, historial conjunto en redes sociales, nombres en cuentas conjuntas, declaraciones de impuestos conjuntas, pólizas conjuntas, registros de domicilio compartido, declaraciones de amigos y familiares.
  • Actas de nacimiento de cualquier hijo del matrimonio.
  • Para hijos peticionarios: registros escolares que enlisten al padre, expedientes médicos y órdenes de adopción si aplica.

B. Evidencia del estatus USC o LPR del abuser

  • Copia del pasaporte de EE. UU. del abuser (página biográfica) o acta de nacimiento de EE. UU.
  • Copia del certificado de naturalización del abuser (Formulario N-550) o certificado de ciudadanía (Formulario N-560).
  • Copia de la tarjeta de residente permanente del abuser (anverso y reverso).
  • Expedientes de USCIS, presentaciones previas del I-130, peticiones de visa anteriores o referencias del archivo A.
  • Registros de inscripción de votante, registros del Servicio Selectivo de EE. UU. u otros documentos gubernamentales que establezcan la ciudadanía.
  • Si los documentos no están disponibles: una declaración jurada que explique lo que se sabe sobre el estatus del abuser y cómo lo sabe el peticionario. USCIS puede confirmar el estatus a través de sus propios sistemas bajo VAWA.

C. Evidencia de residencia conjunta con el abuser

  • Contrato de arrendamiento o estados de cuenta de hipoteca con ambos nombres.
  • Facturas de servicios públicos (electricidad, gas, agua, internet, cable) dirigidas a ambos en la misma dirección.
  • Estados de cuenta bancarios conjuntos o estados de tarjeta de crédito en una dirección compartida.
  • Licencias de conducir o identificaciones estatales que reflejen la dirección compartida.
  • Declaraciones de impuestos presentadas conjuntamente o que muestren una dirección compartida.
  • Documentos de seguros que enlisten a ambos en la misma dirección.
  • Correspondencia recibida en la dirección compartida, incluyendo correspondencia oficial del gobierno.
  • Fotografías del hogar, eventos familiares en el hogar y pertenencias compartidas.
  • Cartas o declaraciones de vecinos, propietarios, carteros o proveedores de servicios que vieron al peticionario y al abuser viviendo juntos.

D. Evidencia de abuso (maltrato o crueldad extrema)

  • Reportes policiacos, transcripciones de llamadas al 911 y números de incidentes.
  • Órdenes de protección, órdenes de restricción, órdenes de no-contacto o expedientes relacionados de tribunales de familia.
  • Expedientes penales de cargos o condenas contra el abuser.
  • Expedientes médicos que documenten lesiones, visitas a la sala de emergencias, altas hospitalarias, visitas a atención de urgencia, expedientes dentales o notas de terapia.
  • Fotografías de lesiones (con fechas), bienes dañados o pertenencias destruidas.
  • Evaluaciones psicológicas de un profesional de salud mental licenciado que describan el impacto del abuso.
  • Expedientes de refugios para víctimas de violencia familiar o agencias de servicios para víctimas, incluyendo formularios de admisión y notas de caso cuando puedan divulgarse.
  • Mensajes de texto, mensajes de voz, correos electrónicos, publicaciones en redes sociales o grabaciones que documenten amenazas o abuso.
  • Declaración jurada del peticionario que describa cada incidente en orden cronológico (vea la siguiente sección).
  • Declaraciones juradas de testigos terceros: familiares, amigos, compañeros de trabajo, clérigos, maestros, vecinos o cualquier persona que haya visto moretones, escuchado incidentes, presenciado abuso verbal o visto las secuelas.
  • Expedientes de trabajo forzado o abuso financiero: comprobantes de pago pagados al abuser, negación de acceso a cuentas bancarias, evidencia de robo de identidad por parte del abuser, capturas de pantalla que muestren acceso bancario controlado.

E. Evidencia de buen carácter moral

  • Registro de Identificación del FBI (Identity History Summary), comúnmente llamado verificación de antecedentes del FBI.
  • Cartas de antecedentes policiales locales de cada lugar donde el peticionario haya vivido en los últimos tres años (o más, cuando sea relevante).
  • Expedientes judiciales o disposiciones certificadas de cualquier arresto, cargo o condena previa, con comentarios del abogado sobre cualquier dispensa específica VAWA que aplique.
  • Declaraciones juradas de buen carácter moral de miembros de la comunidad, empleadores, clérigos, vecinos, familiares o maestros.
  • Expedientes de empleo, incluyendo cartas de oferta, comprobantes de pago, evaluaciones de desempeño y W-2s.
  • Registros de servicio voluntario y cartas de organizaciones comunitarias, congregaciones religiosas o escuelas.
  • Declaraciones de impuestos de los últimos tres años (o evidencia de estatus exento de presentación).
  • Expedientes educativos, diplomas, transcripciones o certificados.
  • Membresía en organizaciones comunitarias, ligas deportivas o asociaciones de padres y maestros.

F. Dificultades y otra evidencia de respaldo (cuando aplique)

  • Expedientes médicos de tratamiento físico o psicológico continuo relacionado con el abuso.
  • Expedientes que muestren dependencia financiera, falta de familia en el país de origen o riesgo de represalias en caso de ser deportado.
  • Evidencia de necesidades especiales, colocación escolar o atención médica de los hijos en los Estados Unidos.
  • Evidencia sobre condiciones del país si el peticionario teme regresar a un país en particular.
  • Intentos continuos de contacto o comportamiento de acoso del abuser, cuando esté documentado.

Planificación de seguridad mientras reúne la evidencia

Nunca se ponga en riesgo para obtener documentos. Si el abuser controla el acceso a los expedientes, un abogado o defensor a menudo puede ayudar a recuperar lo que se necesita mediante citaciones, solicitudes de expedientes certificados o fuentes alternas. USCIS entiende que con frecuencia las sobrevivientes carecen del papeleo estándar y acepta evidencia secundaria bajo el estándar VAWA “cualquier evidencia creíble”.

La declaración jurada

La declaración jurada del peticionario es el corazón de cada caso VAWA. Es el documento que el oficial de USCIS lee primero, y proporciona contexto para cada anexo. Una declaración sólida es:

  • Cronológica. Cuenta la historia desde el inicio de la relación hasta los eventos más recientes, aproximadamente en el orden en que sucedieron.
  • Específica. Incluye fechas (o fechas aproximadas), lugares, nombres de testigos, las palabras dichas y las acciones tomadas.
  • Sensorial. Describe lo que la peticionaria vio, escuchó, sintió y temió, no solo lo que sucedió.
  • Personal. Escrita en la propia voz de la peticionaria, en el idioma en el que piensa. Una traducción certificada acompaña cualquier declaración escrita en otro idioma.
  • Conectada a los cuatro elementos. Aborda explícitamente la relación calificada, la residencia conjunta, el abuso y el buen carácter moral para que el oficial pueda relacionar cada párrafo con el estándar legal.
  • Bajo pena de perjurio. La declaración termina con la atestación estándar de 28 U.S.C. § 1746, fechada y firmada.

Muchas peticionarias no pueden recordar todos los detalles a la vez, o descubren que escribir la declaración es en sí mismo una experiencia traumática. Es normal redactar una declaración en varias sesiones, con un abogado o defensor capacitado, a veces con apoyo de salud mental cerca. Las inconsistencias entre borradores no son fatales; lo que importa es que la declaración final sea precisa y completa.

Protecciones de confidencialidad de VAWA

Una de las características más sólidas de VAWA es el estatuto federal de confidencialidad en 8 U.S.C. § 1367. La sección 1367 prohíbe al Department of Homeland Security, al Department of Justice y al Department of State:

  • Divulgar cualquier información sobre un solicitante VAWA, U visa o T visa a alguien que no sean funcionarios autorizados.
  • Usar información proporcionada únicamente por el abuser, un miembro del hogar del abuser u otras fuentes prohibidas para tomar decisiones adversas sobre el caso del peticionario.
  • Tomar decisiones de aplicación de la ley en ciertos lugares protegidos como refugios para víctimas de violencia familiar, centros de crisis por violación, centros de justicia familiar, tribunales (para órdenes de protección o procedimientos relacionados) y proveedores de servicios para víctimas.

Las violaciones de la sección 1367 conllevan penalidades significativas para los funcionarios federales. En la práctica, esto significa que USCIS no llamará, escribirá ni contactará al abuser como parte de la petición, y el abuser no puede descarrilar el caso enviando acusaciones a USCIS. Las peticionarias también pueden solicitar programas de confidencialidad de dirección a través de los procuradores generales estatales y usar direcciones seguras, como la oficina de un abogado, para toda la correspondencia con USCIS.

Proceso de presentación del Formulario I-360

La petición se presenta en el Formulario I-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant. Las auto-peticionarias VAWA marcan la casilla apropiada para “Special Immigrant Juvenile” o, para VAWA, la casilla “Abused Spouse”, “Abused Child” o “Abused Parent”. Todos los Formularios I-360 VAWA se envían a una única ubicación dedicada:

  • USCIS Vermont Service Center, Unidad VAWA. Todas las peticiones I-360 VAWA son revisadas por una unidad especializada capacitada en confidencialidad y adjudicación informada por el trauma. Confirme la dirección postal actual en uscis.gov/i-360 antes de presentar.
  • Sin tarifa de presentación. USCIS no cobra una tarifa de presentación para las auto-peticiones VAWA en el Formulario I-360.
  • Dos fotografías. Por lo general se requieren fotografías tipo pasaporte del peticionario.
  • Traducciones certificadas para cada documento que no esté en inglés.

Cronograma y determinación prima facie

Las adjudicaciones del I-360 VAWA no son rápidas. Los tiempos de procesamiento del Vermont Service Center normalmente fluctúan entre 24 y 36 meses a partir de mayo de 2026, dependiendo de la acumulación y de la complejidad del caso.

Al principio del proceso, USCIS revisa la petición para una determinación “prima facie”. Una notificación prima facie significa que USCIS ve, a primera vista, que la petición plantea una reclamación VAWA válida. La notificación no aprueba la petición, pero permite que el peticionario acceda a ciertos beneficios públicos federales y estatales, incluyendo:

  • Beneficios públicos federales con verificación de medios para los cuales los extranjeros calificados son elegibles.
  • Asistencia para víctimas de delitos a través de oficinas estatales que reconocen el estatus prima facie de VAWA.
  • Elegibilidad para ciertos programas de vivienda y servicios de emergencia.

Las determinaciones prima facie normalmente se emiten dentro de varios meses desde la presentación, mucho antes de la aprobación completa. Muchas sobrevivientes utilizan este período para estabilizar la vivienda, inscribir a los hijos en la escuela y construir una red de apoyo.

Después de la aprobación: acción diferida, autorización de empleo y ajuste de estatus

Una vez que USCIS aprueba el Formulario I-360, se abren varios beneficios importantes:

  • Acción diferida. USCIS automáticamente coloca a la auto-peticionaria VAWA aprobada en estatus de acción diferida, protegiéndola contra la remoción durante la espera de un número de visa de inmigrante.
  • Employment Authorization Document (EAD). La peticionaria presenta el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(14) para EAD por acción diferida. Esto permite el trabajo legal en los Estados Unidos.
  • Autorización de viaje. El advance parole puede estar disponible en circunstancias limitadas.
  • Ajuste de estatus (Formulario I-485). Si hay un número de visa disponible (los familiares inmediatos de USCs siempre tienen números vigentes; los casos de cónyuges de LPR siguen la fila F2A en el Visa Bulletin), la peticionaria puede solicitar una Green Card desde dentro de los Estados Unidos.
  • Dispensa por cónyuge maltratado de la residencia condicional. Por separado, los residentes permanentes condicionales que ya estaban en estatus CR-1 cuando ocurrió el abuso pueden presentar el Formulario I-751 con una dispensa VAWA.

Muchos casos VAWA finalmente terminan en una Green Card y, cinco años después, en la naturalización. Algunos titulares de Green Cards basadas en VAWA califican para la naturalización en el cronograma estándar.

Casos en los que VAWA puede no ser el camino correcto

VAWA es poderosa, pero no siempre es la mejor opción. Otras vías humanitarias pueden ser más sólidas en algunas situaciones:

  • U visa (víctimas de delitos calificados). Las sobrevivientes de violencia familiar, asalto sexual, acoso, trata de personas y muchos otros delitos que ayudan a las autoridades pueden calificar para una U visa. La U visa no requiere un abuser USC o LPR. Conozca más en U y T visas.
  • T visa (víctimas de trata). Las sobrevivientes de formas severas de trata de personas pueden calificar para una T visa.
  • Asilo. Las sobrevivientes de persecución por motivos de género que temen regresar a su país de origen pueden tener un reclamo de asilo, a veces en paralelo con VAWA.
  • Special Immigrant Juvenile Status (SIJS). Los niños abusados, abandonados o descuidados con determinaciones de tribunales estatales pueden calificar para SIJS, también presentado en el Formulario I-360.
  • Dispensa por cónyuge maltratado. Los residentes permanentes condicionales que experimentan abuso usan el Formulario I-751 con una dispensa en lugar de, o además de, una auto-petición VAWA.

Para sobrevivientes que llegaron a los EE. UU. sin estatus, que estuvieron casadas solo por poco tiempo, o cuyo abuser no es un USC o LPR, la U visa suele ser la opción más sólida. Una consulta con un abogado de inmigración es la mejor manera de identificar qué vía (o qué combinación de vías) se ajusta a los hechos.

¿Debe contratar a un abogado de inmigración para VAWA?

Las auto-peticiones VAWA son algunas de las presentaciones más basadas en hechos y exigentes en evidencia en la ley de inmigración. También involucran narrativas personales altamente sensibles y preocupaciones de confidencialidad. Aunque es legal presentar pro se, trabajar con un abogado de inmigración experimentado ofrece ventajas importantes:

  • Redacción de la declaración con enfoque informado por el trauma que capta los hechos necesarios sin volver a traumatizar a la sobreviviente.
  • Recopilación estratégica de evidencia, incluyendo citaciones, solicitudes de expedientes certificados y coordinación con peritos.
  • Aplicación del estándar “any credible evidence” y la jurisprudencia Adams Fruit / Hashmi para cubrir vacíos de documentación.
  • Coordinación con defensores de violencia familiar, profesionales de salud mental y enlaces con autoridades.
  • Defensa contra reclamaciones de represalia del abuser e invocación firme de las protecciones de 8 U.S.C. § 1367.

Respuesta rápida - ¿Debe contratar a un abogado para una auto-petición VAWA? Sí, siempre que sea posible. Las auto-peticiones VAWA son casos basados en evidencia que triunfan o fallan según la calidad de la declaración y la prueba corroborativa. Un abogado de inmigración con experiencia organiza los cuatro elementos, coordina con defensores de violencia familiar y profesionales de salud mental, y protege la confidencialidad del peticionario en todo momento. Muchos programas de ayuda legal por violencia familiar ofrecen representación VAWA gratuita o de escala variable para sobrevivientes que no pueden costear un abogado privado. Evite a los “notarios” no abogados o preparadores de documentos, que no están autorizados para practicar la ley de inmigración y han causado un daño serio a peticionarios VAWA. Conozca más sobre por qué esto importa en abogado de inmigración vs notario.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede presentar una auto-petición VAWA?

Un cónyuge, padre o hijo abusado por un ciudadano de los EE. UU. o un residente permanente legal puede presentar una auto-petición VAWA en el Formulario I-360. La relación debe ser calificada, el abuser debe tener el estatus requerido y el peticionario debe demostrar abuso, residencia conjunta en algún momento y buen carácter moral.

¿VAWA solo protege a las mujeres?

No. A pesar del nombre, la Violence Against Women Act protege a sobrevivientes de cualquier género. Hombres, mujeres y personas no binarias que son abusados por un cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal calificado pueden presentar el Formulario I-360. USCIS adjudica las peticiones VAWA de manera neutral en cuanto al género.

¿Qué se considera abuso para efectos de VAWA?

VAWA define el abuso de manera amplia. Incluye violencia física, abuso sexual, amenazas, intimidación, abuso emocional y psicológico, control financiero, aislamiento, trabajo forzado y cualquier patrón de conducta que sea parte de un ciclo general de violencia y coerción. Incidentes únicos que involucren violencia o crueldad extrema también pueden calificar.

¿Puedo presentar VAWA si estoy divorciado o si mi abuser falleció?

Sí, bajo reglas específicas de tiempo. Un cónyuge divorciado puede presentar dentro de dos años desde el divorcio si el divorcio está conectado con el abuso. Un cónyuge viudo puede presentar dentro de dos años desde la muerte del abuser. Un cónyuge también puede presentar dentro de dos años si el abuser perdió su estatus USC o LPR debido a la violencia familiar.

¿Cuánto tarda una petición VAWA I-360?

Las peticiones VAWA I-360 se adjudican en el Vermont Service Center, y los tiempos actuales de procesamiento típicamente fluctúan entre 24 y 36 meses. Una determinación de prima facie puede emitirse mucho más rápido, a menudo dentro de varios meses, y otorga acceso a ciertos beneficios públicos mientras la petición completa está pendiente.

¿USCIS contactará a mi abuser?

No. Las disposiciones de confidencialidad de VAWA en 8 U.S.C. § 1367 prohíben estrictamente a USCIS divulgar cualquier información sobre la petición al abuser, y usar información proporcionada únicamente por el abuser para tomar decisiones adversas. Las violaciones de la sección 1367 conllevan penalidades serias.

¿Puedo trabajar mientras mi petición VAWA está pendiente?

Una vez que USCIS emite una determinación de prima facie o aprueba el I-360, el peticionario es elegible para acción diferida y puede solicitar un Employment Authorization Document (EAD) en el Formulario I-765 usando la categoría (c)(14) o (c)(31). Este EAD permite el empleo legal en los Estados Unidos mientras espera el ajuste de estatus.

¿Necesito un abogado para presentar VAWA?

Las auto-peticiones VAWA son casos sensibles, basados en evidencia, donde pequeños errores pueden ser costosos. Un abogado de inmigración con experiencia organiza la declaración, reúne la prueba corroborativa, enmarca los cuatro elementos requeridos y navega las protecciones de confidencialidad. Muchos programas de ayuda legal por violencia familiar brindan representación VAWA gratuita o de bajo costo si el asesoramiento privado no es asequible.

Recursos para sobrevivientes

Si usted o alguien que conoce está sufriendo abuso, los siguientes recursos ofrecen apoyo inmediato y confidencial:

  • Línea Nacional contra la Violencia Doméstica: 1-800-799-7233 (SAFE) o envíe START al 88788. Disponible las 24 horas, los 7 días de la semana, en más de 200 idiomas. thehotline.org
  • RAINN (Rape, Abuse & Incest National Network): 1-800-656-4673. Línea nacional contra el asalto sexual. rainn.org
  • StrongHearts Native Helpline: 1-844-762-8483. Apoyo culturalmente apropiado para sobrevivientes nativos americanos y de Alaska. strongheartshelpline.org
  • Línea Nacional contra el Asalto Sexual: 1-800-656-HOPE.
  • Información VAWA de USCIS: uscis.gov/vawa
  • Instrucciones del Formulario I-360: uscis.gov/i-360
  • Defensa local: Busque el directorio estatal de coaliciones en el National Network to End Domestic Violence (NNEDV).

Para sobrevivientes que desean hablar con un abogado específicamente sobre sus opciones migratorias, incluyendo VAWA y las U o T visas, nuestro equipo está disponible para una consulta confidencial. Conozca más sobre nuestro enfoque con Diane Claxton.

Hable con un abogado VAWA de Claxton Law

Si está considerando una auto-petición VAWA, el paso más importante es el primero. Trabajamos confidencialmente con sobrevivientes para organizar los cuatro elementos, preparar una declaración sólida y reunir cada pieza de evidencia corroborativa que el caso permita. Las conversaciones están protegidas y su información nunca se comparte con el abuser.

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