En Esta Guía
- Qué es realmente el Formulario I-864
- Quién presenta el I-864 (y quién está exento)
- La regla del 125 por ciento de pobreza
- Tabla de ingresos 2026 por tamaño del hogar
- Cómo contar los ingresos
- Cuándo y cómo usar activos
- Copatrocinadores: reglas y riesgos
- Formulario I-864A para miembros del hogar
- Atajo del Formulario I-864EZ
- Exenciones del Formulario I-864W
- Documentos a adjuntar
- Responsabilidad del patrocinador: cuánto dura
- Razones comunes de negativa y cómo solucionarlas
- I-864 en AOS vs procesamiento consular
- Cuándo contratar un abogado
- Guías relacionadas de petición familiar
- Preguntas frecuentes
Cada caso de tarjeta verde basado en familia vive o muere por tres documentos: la petición, la solicitud y la declaración de patrocinio. La petición (Formulario I-130) prueba la relación familiar calificada. La solicitud (Formulario I-485 o DS-260) pide la tarjeta verde en sí. La declaración (Formulario I-864) prueba que el nuevo inmigrante no necesitará beneficios públicos. De los tres, el I-864 es el documento que con más frecuencia se presenta incorrectamente y la causa más común de demoras evitables. Esta guía es parte del pilar de Petición Familiar de Claxton Law. Asume que usted ya entiende el I-130 y ha llegado a la etapa de AOS o consular.
Qué es realmente el Formulario I-864
El Formulario I-864 es un contrato vinculante bajo la sección 213A de la INA entre tres partes: el patrocinador, el gobierno de EE.UU. y el inmigrante patrocinado. El patrocinador promete que si el inmigrante alguna vez solicita un beneficio público basado en necesidad durante el período de manutención, el patrocinador reembolsará a la agencia que pagó el beneficio. El inmigrante obtiene un derecho directamente exigible a la manutención del 125 por ciento del nivel federal de pobreza, demandable en tribunal estatal si el patrocinador se niega a proveerla.
El I-864 no es un documento de impuestos, una certificación de ingresos ni una formalidad de una sola vez. Es un contrato que sobrevive al divorcio, al nuevo matrimonio, a que el inmigrante se mude y a los cambios en las circunstancias de vida del patrocinador. Los patrocinadores que no entienden la duración de la obligación rutinariamente enfrentan demandas sorpresa años después de inmigrantes que no han visto en años.
Quién presenta el I-864 (y quién está exento)
El peticionario patrocinador debe presentar un I-864 por casi todo inmigrante beneficiario basado en familia:
- Familiares inmediatos de ciudadanos de EE.UU. Cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años.
- Solicitantes de preferencia familiar. Categorías F1, F2A, F2B, F3 y F4.
- Prometido(a) K-1 y derivados K-2 después del matrimonio. Presentado junto con el I-485.
- Cónyuges K-3 si buscan la visa K-3 en lugar de esperar la aprobación del I-130 y el procesamiento de visa de inmigrante.
- Inmigrantes basados en empleo en casos limitados. Cuando un ciudadano de EE.UU. o un familiar LPR posee al menos el 5 por ciento del empleador peticionario.
Los siguientes solicitantes no necesitan un I-864 y en cambio presentan el Formulario I-864W:
- Solicitantes auto-peticionarios de VAWA.
- Viudas y viudos de ciudadanos de EE.UU. con un I-360 aprobado.
- Solicitantes que han ganado, o se les puede acreditar, 40 trimestres de trabajo del Seguro Social en Estados Unidos.
- Hijos que adquirirán automáticamente la ciudadanía de EE.UU. bajo la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000.
- La mayoría de los solicitantes basados en empleo fuera del escenario de empleador propiedad de un familiar.
La regla del 125 por ciento de pobreza
El umbral bajo la sección 213A(f)(1)(E) de la INA es el 125 por ciento de las pautas federales de pobreza para el tamaño del hogar del patrocinador. Las pautas de pobreza son publicadas cada enero o febrero por el Departamento de Salud y Servicios Humanos. USCIS las reimprime en el Formulario I-864P cada año. Dos puntos prácticos para recordar:
- El umbral es el 125 por ciento, no el 100 por ciento (con una excepción a continuación). Un patrocinador que gana exactamente la línea de pobreza no cumple con la prueba.
- Los patrocinadores militares en servicio activo que están peticionando a un cónyuge o hijo soltero solo tienen que cumplir con el 100 por ciento de la línea de pobreza, no el 125 por ciento. Esto se aplica solo al peticionario, no a los copatrocinadores.
Tabla de ingresos 2026 por tamaño del hogar
Los valores a continuación reflejan las pautas de pobreza de HHS publicadas a principios de 2026 y reimpresas en el Formulario I-864P. Verifique los números actuales en la página del Formulario I-864P de USCIS antes de presentar.
| Tamaño del hogar | 100% pobreza (militar) | 125% pobreza (la mayoría) |
|---|---|---|
| 2 | $21,150 | $26,438 |
| 3 | $26,650 | $33,288 |
| 4 | $32,150 | $40,188 |
| 5 | $37,650 | $47,063 |
| 6 | $43,150 | $53,938 |
| 7 | $48,650 | $60,813 |
| 8 | $54,150 | $67,688 |
| Cada persona adicional | +$5,500 | +$6,875 |
Contar el tamaño de su hogar correctamente
El tamaño del hogar incluye al patrocinador, al cónyuge del patrocinador, a cualquier dependiente reclamado en la declaración de impuestos más reciente del patrocinador, a cualquier otro residente permanente legal que viva en el hogar cuyo ingreso se usó para calificar, al inmigrante beneficiario principal, además de cualquier beneficiario derivado. Muchos peticionarios cuentan de menos su hogar al olvidarse de añadir al nuevo inmigrante. El formulario mismo recorre este cálculo en la Parte 5.
Cómo contar los ingresos
El I-864 examina dos cifras de ingresos relacionadas pero distintas:
- Ingreso anual actual. Lo que se proyecta que el patrocinador ganará en el año calendario de presentación, respaldado por recibos de pago recientes, una carta del empleador o evidencia de 1099/trabajo por cuenta propia.
- Ingreso bruto ajustado de la declaración federal de impuestos más reciente. Reportado en el I-864 y respaldado por transcripciones tributarias.
USCIS y los oficiales consulares generalmente aceptan el ingreso anual actual cuando el patrocinador puede mostrar empleo estable y el ingreso supera materialmente el umbral. Si el ingreso actual está en o cerca del umbral, o si el ingreso ha variado en los últimos tres años, adjunte las transcripciones tributarias más recientes de tres años y deje que el promedio cuente la historia.
Tipos aceptables de ingresos
- Salario y sueldos de empleo W-2.
- Ingreso por trabajo por cuenta propia reportado en el Schedule C, después de deducciones.
- Ingreso de una empresa unipersonal o sociedad distribuible al patrocinador.
- Ingreso por jubilación, incluyendo Seguro Social, pensión y distribuciones de 401(k).
- Ingreso por discapacidad.
- Pensión alimenticia.
- Intereses, dividendos e ingreso por alquiler.
- Beneficios de desempleo en algunos casos (se le da menos peso).
Ingresos que no cuentan
- Ingreso ganado por un trabajador no autorizado en Estados Unidos.
- Ingreso de fuentes ilegales.
- Beneficios públicos basados en necesidad.
- Ingreso del cónyuge u otro miembro del hogar a menos que firmen un Formulario I-864A y se cuenten en el cálculo del tamaño del hogar.
Cuándo y cómo usar activos
Los patrocinadores cuyo ingreso no alcanza aún pueden calificar usando activos. Se aplican dos umbrales:
- Tres veces el déficit para peticionarios que patrocinan a un cónyuge o hijo menor de un ciudadano de EE.UU.
- Cinco veces el déficit para todas las demás relaciones (hermano, padre de peticionario LPR, hijo adulto, etc.).
Ejemplo. El umbral de 2026 para un hogar de tres es $33,288. El peticionario patrocinador gana $25,000. El déficit es $8,288. Para cubrir el déficit con activos en un caso de petición de cónyuge, el patrocinador debe mostrar activos de $8,288 multiplicado por 3, o $24,864.
Qué cuenta como activo
- Efectivo, cuentas corrientes y de ahorros.
- Saldos de cuentas de corretaje y otros valores negociables.
- Patrimonio neto en bienes raíces (valor de mercado actual menos gravámenes).
- Patrimonio neto en un negocio o participación en sociedad.
- Patrimonio neto en vehículos, pero solo el segundo vehículo en adelante (el primer vehículo se trata como una necesidad y se excluye).
- Saldos de cuentas de jubilación, con atención a preocupaciones de liquidez en la etapa consular.
Los activos del inmigrante interesado
Los activos propios del inmigrante principal cuentan hacia el déficit, con límites. Solo califican los activos convertibles en efectivo dentro de un año y que se puedan transferir a Estados Unidos sin impedimento legal o práctico. Los bienes raíces ubicados en el extranjero sin una vía de venta actual generalmente no califican.
Copatrocinadores: reglas y riesgos
Cuando el ingreso del peticionario (más el ingreso de miembros del hogar en el Formulario I-864A y los activos) aún no cumple con el umbral, interviene un copatrocinador. El copatrocinador presenta su propio Formulario I-864 completo y asume responsabilidad paralela con el peticionario. Ambos patrocinadores son independiente y solidariamente responsables.
Requisitos del copatrocinador
- Ciudadano de EE.UU. o residente permanente legal.
- Al menos 18 años de edad.
- Domiciliado en Estados Unidos.
- Cumple con el umbral del 125 por ciento usando el propio tamaño del hogar del copatrocinador más los inmigrantes beneficiarios que están siendo patrocinados, pero sin contar a los otros miembros del hogar del peticionario.
- Dispuesto a firmar un contrato vinculante para el período completo de manutención del I-864.
Lo que los copatrocinadores deben saber antes de firmar
- El contrato es idéntico al del peticionario. El copatrocinador puede ser demandado por el inmigrante o por una agencia que otorga beneficios.
- La obligación termina solo por los mismos cinco eventos de terminación que se aplican al peticionario. Presentar el I-864A como miembro del hogar en lugar de como copatrocinador produce obligaciones diferentes y un poco más limitadas.
- La pareja matrimonial del copatrocinador se cuenta automáticamente en el tamaño del hogar del copatrocinador, incluso si no están involucrados financieramente.
- Se permite un segundo copatrocinador si el caso tiene varios inmigrantes beneficiarios y un copatrocinador no puede cubrir al grupo completo. En ese caso, cada copatrocinador asume uno o más beneficiarios específicos.
Formulario I-864A para miembros del hogar
Si el patrocinador vive en el mismo hogar con un familiar que tiene ingresos, ese familiar puede firmar el Formulario I-864A, Contrato Entre Patrocinador y Miembro del Hogar, permitiendo que el patrocinador use el ingreso del miembro del hogar para cumplir con el umbral. El ingreso del miembro del hogar se suma al ingreso del patrocinador, y el miembro del hogar se vuelve contractualmente responsable con el patrocinador por la obligación de manutención.
El Formulario I-864A es útil cuando:
- Un cónyuge, padre o hijo adulto que vive con el peticionario tiene ingresos, pero la familia no quiere un copatrocinador separado.
- El ingreso del miembro del hogar por sí solo no cumpliría con el umbral, pero combinado con el del patrocinador sí lo cumple.
- El inmigrante interesado ha estado viviendo con el peticionario antes del matrimonio y tiene ingresos legales propios que quiere añadir (solo un inmigrante interesado que sea cónyuge del peticionario puede usar su propio ingreso de esta manera).
El Formulario I-864A tiene los mismos requisitos de documentos de respaldo que el Formulario I-864 con respecto al miembro del hogar: transcripciones tributarias, cartas del empleador o recibos de pago e identificación del miembro del hogar.
Atajo del Formulario I-864EZ
El Formulario I-864EZ es una versión simplificada que se puede usar solo cuando se aplican las tres condiciones:
- El patrocinador presenta para un solo inmigrante.
- El inmigrante es el cónyuge, padre, hijo, hermano u otro familiar del peticionario en una sola petición de visa de inmigrante.
- El ingreso calificado del patrocinador es enteramente salario o ingreso de pensión mostrado en el Formulario W-2 o 1099-R más reciente del IRS, y excede el umbral del 125 por ciento sin necesidad de activos, copatrocinador o ingreso de miembro del hogar.
Use el formulario EZ cuando el caso encaje. Use el Formulario I-864 completo en caso contrario. El formulario EZ es más corto pero idéntico en efecto legal una vez firmado.
Exenciones del Formulario I-864W
El Formulario I-864W, Solicitud de Exención de la Declaración de Patrocinio Económico del Inmigrante Interesado, reemplaza al I-864 enteramente para las categorías listadas en Quién presenta. El inmigrante exento presenta el I-864W en lugar de un I-864. El formulario es corto y autoexplicativo. Los casos de uso más comunes:
- Un auto-peticionario VAWA.
- Un hijo que adquiere ciudadanía bajo la Ley de Ciudadanía Infantil al entrar.
- Un inmigrante de larga trayectoria con 40 trimestres calificados de trabajo del Seguro Social (los créditos de trabajo combinados del inmigrante y el cónyuge del inmigrante pueden contar).
- Una viuda o viudo de un ciudadano de EE.UU.
Documentos a adjuntar
El paquete del I-864, presentado ya sea con USCIS en AOS o a través de NVC en procesamiento consular, debe incluir:
- Formulario I-864 firmado (o I-864EZ donde sea elegible).
- Transcripción tributaria del IRS más reciente para el patrocinador. Obténgala gratis en irs.gov/individuals/get-transcript. Si el patrocinador no presentó en el año más reciente, adjunte una declaración explicando por qué.
- Tres años pasados de transcripciones tributarias cuando el ingreso actual es variable, en el umbral o cerca de él.
- Recibos de pago de los últimos seis meses o una carta del empleador en papel membretado de la empresa mostrando puesto, fecha de inicio, salario y estabilidad de empleo.
- Prueba de ciudadanía de EE.UU. o residencia permanente legal del patrocinador: página biográfica del pasaporte, certificado de nacimiento, certificado de naturalización o tarjeta LPR.
- Prueba de domicilio en Estados Unidos cuando el patrocinador está actualmente en el extranjero. Los documentos de domicilio incluyen declaraciones de impuestos de EE.UU., contrato de arrendamiento o hipoteca, registro de votante, inscripción escolar de los hijos y una declaración escrita de intención de regresar.
- Formulario I-864A de cualquier miembro del hogar contribuyente, con sus transcripciones tributarias y recibos de pago.
- Formulario I-864 separado de cada copatrocinador con el mismo conjunto completo de documentos.
- Documentación de activos si se usan activos: estados de cuenta bancarios de los últimos 12 meses, estados de cuenta de corretaje, tasaciones o ventas comparables para bienes raíces y prueba de título limpio.
Responsabilidad del patrocinador: cuánto dura
La obligación del patrocinador bajo la sección 213A de la INA continúa hasta que ocurra uno de los siguientes cinco eventos de terminación:
- El inmigrante patrocinado se convierte en ciudadano de EE.UU.
- El inmigrante patrocinado gana o se le acreditan 40 trimestres de trabajo del Seguro Social en Estados Unidos. Aproximadamente 10 años de trabajo a tiempo completo. Una pareja casada puede combinar créditos ganados durante el matrimonio.
- El inmigrante patrocinado parte permanentemente de Estados Unidos y abandona el estatus LPR.
- El inmigrante patrocinado muere.
- El patrocinador muere.
El divorcio no está en esta lista. Un patrocinador cuyo matrimonio con el inmigrante termina sigue contractualmente obligado. Los tribunales estatales de familia han sostenido repetidamente que un decreto de divorcio no puede extinguir la obligación del I-864, porque el contrato es con el gobierno de EE.UU., no con el cónyuge inmigrante, aunque el cónyuge inmigrante sea un beneficiario tercero con derecho a demandar.
La obligación de reembolso a las agencias gubernamentales se limita a los beneficios públicos basados en necesidad que el inmigrante recibió durante el período de manutención. La obligación directa de manutención corre hacia el inmigrante personalmente, quien puede demandar por manutención al 125 por ciento de pobreza si el patrocinador se niega a proveerla. Varias decisiones reportadas de tribunales estatales han otorgado manutención retroactiva, honorarios de abogado y manutención continua a cónyuges inmigrantes después del divorcio.
Razones comunes de negativa y cómo solucionarlas
La mayoría de los problemas del I-864 son probatorios. El caso rara vez se pierde. El caso se retrasa mientras el patrocinador soluciona.
Déficit de ingresos sin copatrocinador
La negativa única más común. La solución es directa: identifique un copatrocinador con ingresos suficientes, prepare su I-864 completo con transcripciones tributarias y recibos de pago, y vuelva a presentar. Si no hay copatrocinador disponible, añada activos para cubrir el déficit.
Transcripciones tributarias faltantes
Las declaraciones de impuestos en lugar de transcripciones, o transcripciones solo por un año cuando se requieren tres, generarán una Solicitud de Evidencia. Pida transcripciones gratis en irs.gov, organícelas por año y vuelva a presentar.
Errores de tamaño del hogar
Olvidar incluir al nuevo inmigrante en el conteo del tamaño del hogar, u omitir a un dependiente reclamado en la declaración de impuestos más reciente, puede artificialmente empujar un caso fronterizo por debajo del umbral. Vuelva a contar cuidadosamente usando las instrucciones de la Parte 5.
Problemas de domicilio
Un peticionario que vive en el extranjero debe probar un domicilio en EE.UU. o un plan para regresar antes de que el inmigrante entre. NVC y los oficiales consulares rechazan los casos donde el peticionario no puede demostrar domicilio. La solución es el regreso del peticionario a Estados Unidos con intención de permanecer, respaldado por contrato de arrendamiento, empleo, inscripción escolar u otros vínculos.
Variación de ingresos por trabajo por cuenta propia
Los patrocinadores que trabajan por cuenta propia con ingresos fluctuantes son comúnmente cuestionados. Presente transcripciones tributarias del Schedule C de los últimos tres años, estados de pérdidas y ganancias del año hasta la fecha firmados por el patrocinador e historial de depósitos bancarios para demostrar estabilidad de ingresos.
Vacíos de documentación de activos
Los estados de cuenta bancarios por sí solos no son suficientes para saldos grandes. Provea una carta de la institución financiera confirmando que la cuenta está abierta, que el saldo es del patrocinador y que los fondos no están comprometidos como garantía. Para bienes raíces, provea una escritura, una tasación reciente o análisis de ventas comparables y el estado de cuenta hipotecario más reciente mostrando el gravamen.
I-864 en AOS vs procesamiento consular
El análisis sustantivo es el mismo. La postura procesal difiere. Elija el canal correcto para su vía de presentación. Vea nuestra guía complementaria sobre I-485 vs Procesamiento Consular para la decisión más amplia de la vía.
En AOS
- El Formulario I-864 se presenta con el paquete I-485 directamente a USCIS, en un solo paquete.
- USCIS puede emitir una Solicitud de Evidencia si el I-864 es insuficiente, con un plazo de respuesta (generalmente 87 días).
- Los copatrocinadores son comunes y se procesan en el mismo paquete.
- El oficial entrevistador revisa el I-864 nuevamente en la entrevista de AOS y puede preguntarle al peticionario sobre cambios de empleo desde la presentación.
En procesamiento consular
- El Formulario I-864 se sube al portal CEAC del National Visa Center durante la recolección de documentos de NVC.
- NVC revisa el I-864 y marca el caso como Documentariamente Calificado o emite una lista de elementos faltantes.
- El oficial consular revisa el I-864 en la entrevista de visa de inmigrante y puede preguntarle al inmigrante sobre el estado actual de empleo del patrocinador y la disposición de apoyar.
- Una negativa 221(g) en el consulado a menudo está relacionada con el I-864 y se puede solucionar enviando documentos actualizados al consulado.
Cuándo contratar un abogado
Los paquetes I-864 limpios se pueden ensamblar pro se. Contrate un abogado cuando cualquiera de estas sea cierta:
- El ingreso del patrocinador está por debajo del 125 por ciento de pobreza y se necesita una solución combinada (activos más miembro del hogar más copatrocinador).
- El patrocinador trabaja por cuenta propia, posee parte de un negocio cerrado o tiene ingresos variables.
- El patrocinador está actualmente en el extranjero y se debe establecer el domicilio.
- El patrocinador y el inmigrante ya se han separado o divorciado antes de que se presente el caso.
- El caso ya ha recibido un RFE o 221(g) sobre el I-864 y la respuesta inicial será la segunda presentación.
- El inmigrante interesado ha usado beneficios públicos basados en necesidad en Estados Unidos y el patrocinador está preocupado por las interacciones de carga pública.
- Un inmigrante interesado o su abogado le está pidiendo al patrocinador que firme un I-864 en una relación que ha terminado o es inestable, y el patrocinador no está seguro sobre la responsabilidad a largo plazo.
Respuesta rápida, ¿necesito un abogado para el I-864? Un I-864 sencillo para un patrocinador con ingreso W-2 estable por encima del umbral del 125 por ciento generalmente se puede presentar pro se. Contrate un abogado si el ingreso es variable o por debajo del umbral, si se necesita un copatrocinador, si el domicilio es un tema, si el patrocinador ha sido demandado o amenazado con demanda por un inmigrante previamente patrocinado, o si la relación entre el patrocinador y el inmigrante ya no es estable. El contrato sobrevive al divorcio y las consecuencias de equivocarse pueden durar una década.
Guías relacionadas de petición familiar
- Guía de Presentación Paso a Paso del Formulario I-130, la etapa de petición que activa el requisito del I-864.
- I-485 vs Procesamiento Consular 2026, la decisión de vía que determina dónde se presenta el I-864.
- Línea de Tiempo de la Visa K-1 de Prometido(a) 2026, la secuencia K-1 y el momento del I-864 dentro de ella.
- Preparación para la Entrevista de Tarjeta Verde por Matrimonio, qué esperar en la entrevista donde se vuelve a revisar el I-864.
- Formulario I-864 (Declaración de Patrocinio Económico), la entrada del glosario sobre el formulario en sí.
- Petición Familiar y Ajuste de Estatus, descripción del pilar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Formulario I-864 y quién debe presentarlo?
El Formulario I-864 es la Declaración de Patrocinio Económico requerida bajo la sección 213A de la INA. Es un contrato vinculante entre el peticionario patrocinador y el gobierno de Estados Unidos. Promete que el inmigrante beneficiario no se convertirá en una carga pública. Cada solicitante de tarjeta verde por familiar inmediato o preferencia familiar requiere un I-864 del peticionario. Los solicitantes basados en empleo solo lo necesitan si un ciudadano de EE.UU. o LPR familiar posee una parte significativa del empleador peticionario.
¿Cuál es el requisito de ingresos de 2026 para un patrocinador?
El patrocinador debe demostrar ingresos de al menos el 125 por ciento de las pautas federales de pobreza para el tamaño del hogar del patrocinador. Para 2026, esto significa cerca de $26,438 al año para un hogar de dos personas, $33,288 para tres, $40,138 para cuatro, con $6,850 añadidos por cada miembro adicional del hogar. Los patrocinadores militares en servicio activo que peticionan a un cónyuge o hijo solo necesitan cumplir con el 100 por ciento de la línea de pobreza.
¿Qué pasa si mis ingresos están por debajo del umbral del 125 por ciento?
Tres opciones. Primera, contar activos elegibles iguales a al menos tres veces el déficit de ingresos (o cinco veces para familiares que no sean cónyuges). Segunda, añadir el ingreso de un miembro del hogar mediante el Formulario I-864A. Tercera, añadir un copatrocinador con su propio I-864 completo. Muchos casos usan una combinación de las tres. Los copatrocinadores son comunes cuando el peticionario es estudiante, recién graduado o tiene ingresos de inicio de carrera.
¿Puede mi padre o hermano ser mi copatrocinador?
Sí. Un copatrocinador debe ser ciudadano de EE.UU. o residente permanente legal, tener al menos 18 años, estar domiciliado en Estados Unidos y cumplir con el umbral del 125 por ciento para el tamaño del propio hogar del copatrocinador más los inmigrantes patrocinados. No hay requisito de parentesco. El copatrocinador asume la misma responsabilidad legal que el peticionario patrocinador por obligaciones de manutención y cualquier reembolso de beneficios gubernamentales basados en necesidad.
¿Cuánto dura la obligación del I-864?
El contrato del patrocinador bajo la sección 213A de la INA lo obliga hasta que ocurra uno de cinco eventos de terminación: el inmigrante patrocinado se convierte en ciudadano de EE.UU., el inmigrante gana 40 trimestres de créditos de trabajo del Seguro Social (cerca de 10 años), el inmigrante abandona permanentemente Estados Unidos, el inmigrante muere o el patrocinador muere. El divorcio no termina la obligación. Un patrocinador sigue siendo legalmente responsable incluso después de que termina un matrimonio.
¿Necesito declaraciones de impuestos o transcripciones para el I-864?
Las transcripciones son altamente preferidas. USCIS y el Departamento de Estado aceptan la declaración federal de impuestos sobre la renta más reciente o una transcripción tributaria del IRS. Las transcripciones son gratuitas y más fáciles de verificar, así que la mayoría de los profesionales las usan. Solo se requiere el año actual para la mayoría de los casos. Se requieren los tres años más recientes si el patrocinador usa el ingreso promedio de los últimos tres años, no presentó en algunos años o si el caso necesita más prueba.
¿Qué es el Formulario I-864EZ y cuándo puedo usarlo?
El Formulario I-864EZ es la versión simplificada. Se puede usar solo cuando (1) el patrocinador presenta para un solo inmigrante, (2) el inmigrante es el cónyuge, padre, hijo, hermano u otro familiar de preferencia del peticionario en una sola petición de visa de inmigrante, y (3) el patrocinador cumple con el umbral de ingresos del 125 por ciento usando salario o ingreso de pensión mostrado en el Formulario W-2 más reciente del IRS. La mayoría de los casos que involucran activos, copatrocinadores o varios inmigrantes deben usar el Formulario I-864 completo.
¿Qué pasa si el caso es negado por un problema con el I-864?
El caso no está perdido. La mayoría de las negativas del I-864 son probatorias, no sustantivas. Una Solicitud de Evidencia o carta consular 221(g) suele especificar lo que falta: un copatrocinador, documentación tributaria más completa, prueba de activos o cálculos actualizados del hogar. Soluciónelo dentro del plazo de respuesta y el caso generalmente avanza. Las negativas más comunes involucran ingresos insuficientes sin copatrocinador, transcripciones tributarias faltantes o miembros del hogar no documentados correctamente en el Formulario I-864A.
Hable con un abogado de inmigración de Claxton Law
El I-864 es el punto único más común de estancamiento en casos basados en familia. La combinación correcta de evidencia (ingreso actual, transcripciones de años anteriores, copatrocinador cuando se necesita, activos si son líquidos) obtiene una aprobación limpia. La combinación incorrecta cuesta meses. Claxton Law ha preparado paquetes I-864 para miles de casos basados en familia en los últimos 20 años, incluyendo casos complejos de copatrocinador, de solo activos y de trabajo por cuenta propia.